Gracias a lo ocurrido este fin de semana en España con motivo de la actuación de los controladores aereos, hemos comprobado que mucha gente aún desconoce sus derechos como pasajeros frente a las compañías aéreas. ¿Sabías qué tienes derecho a llamadas de teléfono o incluso a una compensación económica, dependiendo de los casos?

Nuestra primera recomendación es guardar toda la documentación posible. Billetes de avión, reservas de hoteles pagadas durante la espera y perdidas si no has llegado a tu destino, entradas a espectaculos que tenías previsto ver o tickets de comidas y bebidas compradas en el aeropuero durante la espera. Todo esto será necesario para realizar cualquier reclamación.
¿Qué es lo que dice la Unión Europea?
La Unión Europea aprobó en 2004 el reglamento por el cual se establece el modo de actuación cuando un pasajero aéreo sufre una denegación de embarque contra su voluntad, una cancelación o un gran retraso en su vuelo. No te preocupes si te resulta complicado entenderlo, en trivago hemos preparado un pequeño resumen que seguro te resultará muy útil en tus próximos viajes.
Si sufres una denegación del embarque, pese a haberte presentado en el aeropuerto correctamente, salvo que haya motivos razonables como razones de salud o de seguridad, tendrás derecho a reclamar el precio del billete y a recibir una compensación económica, de la que despúes hablaremos.
En caso de sufrir una cancelación del vuelo, la aerolínea debe devolverte la parte del viaje no efectuada, y la efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial (por ejemplo tenías una reunión o un evento concreto) y también ofrecer una alternativa de viaje en las mismas condiciones lo antes posible. Además, si la alternativa que te ofrecen no permite llegar tu destino con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista, también tienes derecho a una compensación.

Las compensaciónes para denegaciones de embarque y cancelaciones son de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, de 400 euros para vuelos dentro de la Unión Europea de más de 1.500 kilómetros o entre 1.500 y 3.500 kilómetros fuera de la Unión Europea, o de 600 euros para el resto de vuelos. En caso de tener un retraso en el vuelo de más de cinco horas, la compañía solamente devolverá el precio íntegro del billete.
En cualquier caso, si sufres una denegación de embarque, una cancelación del vuelo, o si tu vuelo se retrasa más de dos horas en vuelos de menos de 1.500 kilómetros, más de tres horas en caso de vuelos dentro de la Unión Europea de más de 1.500 kilómetros o entre 1.500 y 3.500 kilómetros fuera de la Unión Europea, o más de cuatro horas para el resto de vuelos; tienes derecho a recibir asistencia en el aeropuerto.
Esta asistencia consiste en comida y refrescos suficientes durante el tiempo de espera, dos llamadas telefónicas, mensajes de fax o correos electrónicos gratuitos y alojamiento en un hotel y el transporte al mismo, en el caso de que el vuelo ofrecido salga al día siguiente. ¡Nada de dormir en el aeropuerto!
Por si fuera poco, si la alternativa que te ofrece la compañía aérea corresponde a una clase inferior a la que habías pagado en el billete, podrás solicitar que te devuelvan, como mínimo, un 30% del precio del billete, dependiendo de los casos.
Esto simplemente es un resumen del reglamento completo aprobado por la Unión Europea. Puede que alguno de los casos que se os presente, sea un poco más complicado de lo que aquí hemos hablado. Por ello os recomendamos que os descarguéis y analicéis la normativa para que sepáis a ciencia cierta que es lo que os corresponde.

El caso de los controladores aéreos
Todos estos derechos de los que hemos hablado se reciben en circunstancias normales, es decir, si la compañía aerea tiene la culpa del retraso o cancelación. El problema el caso ocurrido el pasado fin de semana, con la huelga encubierta de controladores, entra dentro de las “circunstancias extraordinarias“ por la que las compañías no están obligadas a asistir al pasajero.
Por este motivo, si has tenido algún problema con algún vuelo durante este fin de semana, deberás recurrir ante instancias superiores, como la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o el departamento de Consumo de tu comunidad autónoma.
Si vuelve a presentarse una situación como la ocurrida por la huelga de controladores o no recibes la asistencia adecuada por parte de la compañía aerea, recuerda que gracias a trivago puedes encontrar el precio de hotel más barato donde poder hospedarte hasta la salida de tu vuelo. ¡Y no te olvides de guardar las facturas!
Fuente: Reglamento (CE) Nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004